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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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1., , , ,-,., ,. E. 1., ,..., , ,..., ,

asticulo fera bien, ſaber ſi los naturales q̃in-
currieren en el caſo en que el Co"""Jíario de
la Cruzada diſpensa [ dando los tales cierta
línio ina pecuniaria li et an por el diſpenſados
y compueltos . Elte caſo mas confille est pra-
dica que en el peculacion á y aſsi ponelte ala
letra lo que vu padre de tiri Orden ll"" ""ado
fray loan de Lon muy docto y gran lictuo dé
li l O S fcriuto el año de 92. del pues de suer
conſultado ſobre eſto al Com̃millario general
dé la Cruzada, dize aſí . En ellos caſos para
t"" Indios no ay con policion a dinero como
la. Ay con Eſpañoles. Preguntarmelian como
IA""ys ello por que la bula plu"""",",", ni c. Su
mario que da Eſpaña viene imprello p" """ "-
IIAs coſas como arriba dixe no hazen cill"" ","
Fion entre Eſpañoles ni entre Indios "" "" """
folutamente dize a los Commillarios 'I?" "? I?"!"
"An diſpenſar y componer en eſtos c"","," """ "-
otra diltitictionjs y quãdo la ley no tiill"" "gué
tan poco noſotros de tiemos diſtingui !" ò """","
digo! que el Señor Arcobiſpo D"" """ "" "" ""
Moya y Contreras s avra vevnte """ """. P" o
"""s ó menos fiendo Commillatio de I?" "F?" "-
A!d", con los que para ello !" I""" """ "" "" "?" "
"F" " V"A memoria cu q"?" P"" """ """ "¡""" """"
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