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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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de veẽque las deſecha, ó q̃el que les dio la
palabra, o Prometio caſamiento, no lo quié
té F"" "PT" ", ó lo cumple de mala gana. Por
lo qual él confellor para remediar ſu peni-
tente I"PA quien es la perſona a quien ha da
"" pa IAbras de caſamiento, y dé licencia del
P"" "tén"" traté con ella el negocio, pregun
tAndo ſe h.él le ha dado palabras de caſami
Fnto, o ella a él, y cor!"o no ſe efectua y con.
FI"yé el Matrimonio. Y diziendo el IA que
P"r, que el li-" "bre no quiere, perſuadale el
F"nfellor que ella tambiẽno lo quiera, pues
! A tiene en poco, y por ello quica del Pues
Ié dara "?"I? viil?-O Por otro medio, el mas
conueniente que le pareciere.
II Con firujar el Marrimonio hecho delan-
té del Paro cho y teſtigos," """", que ſe haga
IA? de olicíaciones ó arriencitaciones, es pec
cado mortal, pues en coſa graue le quebran
tA vn preceptò Écciellaltico del C" "cilio
Tridentino. El quAl dize, que """ "" qué I"
confu ma el M," trit?" "F? Fo , ſ" I?"P*!" I?" "?" "?"
ciaciones. Por qu"""". I?" "F?" "? I?" "?" " "F?"!"
ciones ſe puede deſcubrir alg"" """pérl""""
to, con el quAl fi c """ "" """ """ el M-"," """ ":
Pio, cierto es que comF"F"An I"" """ ""V""
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