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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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¶: I? ENITrt. TE.
II 0.ue no traej al parecer] ó jor de ſus pec
cados, puede serabltelto cõſolà Astriciõ, y
como cumplira el con ellor con I" con I" ""-
cia *! elle caſo, to. t. iiu. t.
¶l̃ No ha deter afligido por el numero dé
los peccados, to. x. &. 8. nu. x. .
¶ lla de ſer examinado en la cõfeliton pru
dentemente, de manera que la indultria dél
Fonfellor fupla f!! falta, y deſcuydo. Io. P-
A". 7.
¶. El que dize que cometio vea culpa mu
FhAs vezes, y por al Ii ſe va, como ſe avra él
confellor con el fo. x. nu. x.
¶. Ll que dexó de con Iéllar culpas morta-
les por verguenca, ó temor, como fé Av! A él
con I"Ilor con el fo. 4. nu. 8. & fo. I? nu"!"!:
¶. Q...ue no cumple las penitencias: Io. 1-
9. " & fo. iv. & t".
¶. IIA de ſer examinado del confellor prud"
temente, y atray do a gran dolor, y aborrec!
miento del peccado, y cllenſa de Dios, y A
firme propofito de nunca mas boluer a él, y
a F"" IéIAdo que le guarde de la culpA &c-
I.-. "," "",-T!z: per totum:
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