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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1601.
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Aduertescias para
que merefea auer las dichas bendiciones el
vos, por el otro porque la decretas Gapetla
xium. d. Secundis nuptiis efL. detegatia por
vos extra..-gante del Papa loan. a x. ysa ex
transgante es esta.que se ó gue-
rfe ay"-aextratiagante del Papa loan xx. 18.
8. Delicando poner fin a vna antigua contre
sí, y question, por el presente decreto y man
damiento declaramos, que aunque el hom-
bre, o la muger que calaren d..." v zes, no
deuen referbr la, beodiciones. Lospero el
varon, o la muger que con este, o co rita tal
cafare, d ue las resc, bir. E fi por cẽtitra al
guno dellos, o au. b xs que aſsi ca fan sategó
da vez, en la primera vez no rescibieron e-
llas o nditiones, dextens. las dar en la f gon
da. E queriendo templar el rigor antiguos,
otorgimos, que los Sacerdote, que ata bien
dis dieren b ed iones a los que casasẽdos
vez es no sean obligados por esto a venira
la S de Apostolica, mas que puedan serab-
fuese..s por sus Diorefanos de la pena de fuf
pension efLib. id est elle calo. H.ec ibi.
Propter quod D minus Dominus Didecus
Romanus Episcopis. Traxcat elis, pracipit
hoc obseruari in ſuo Epiſcopatu. Et merita