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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1601.
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los Goalellores. x67
ñno aya Clerigos Vifitadores en los pueblos
de los Indios, y otra otorgada por lo M. ge-
stad alio de 15os que las sullicias s p̃oces no
hagan informaciones publicas, ni secreta, cõ
tra los Religo los. Y otra concertyda por la
Audiencia Real de Mexico aho de i57o. En
la qual manda que los Clerigos, v los Reli-
giosos administren libremente los Sacramen
cos. cada vno en fo diftriã,.
9. 8"y dice mus et dictio Paulo. 4. en el priul
legio fulo dicho. Q..ue fi en los prinilegios
ouiere alguna duda en la interpretacion, irans
declarados ala mas fastorable partes y cinin-
guno de ninguna condicion que sea,tenga auc
toridici de interpretat al contrarios y deroga
expretamente coel dicito prinilegio la Gle-
ment Religiosi, de Prinilegiis, y las regias
de Chancilleria, edifis, & edendis. Q..ue es
vna de las cosas de mayor cauerpara las Re
ligiones;que ſe puede pensar, y los exim, de
todas las obligaciones de decimas y otras ex
acciones. Elle Breuerita imprello en el librode
los prinilegios de los Padres predic fos. xxx.
7. 8. Pro t" (uccedio a xx.o y. Et quas conce-
dio, y los Obispo pudi tien cosagraria Chriſ
macobaliam."deita ster te esteriueuot." ""