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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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peccado mortal, por que aunque fran dillis
atos ados. fe reputan'va mis mo ado, in go
nere moris. vid" intra ver b. ivlifla, in fine.
" " " " " "¶ "CON probscisa " " " "
¶ in articulo mortis obliga a hazerse por
interprete, quando no ay otro remedio. "fo,
al N obliga a hazerte por interprete quan
do, y siefgo, o temor procablo que la reste-
zara es in expresc. ibidem
si Chliga a' modo que puede ser inftruy -
do para que por tena, pueda confestar algo
peccado to "ir. no se
al s, ue reyterarle cuando el penitente de-
so de confesiertor verguenca, o miedo al s
gun peccado, si le confiesta con otro confeí "¡
for, pero si se consistra con el mismo aquien l
deso de confeder, suel peccado o peccado,
no es necesistro res retir la cofcilion, sino de
ver los peccados que deso s. s. en tr-
as es necellario repetir a quando el penitẽ
te f, le olvido de confestar algun Teccado
por ignorancia , rella. , aterrada, pero no
esta obligado a revierar la para confellarfe
del peccios, qfe te ejuirlo en ella, fiste apare
jo de cidas, ese para cos estarle, tostas no sa-