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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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TA B LA,
mortal impide pedir el debito, y cafaris
con otra, fin difpensacion to so, pag. x. &
¶ No fe comere ellando vno horracho, o
dormido. to ex. pag. z.
¶ Et incertuefo que no sabe las penas en
que incorro, et que lo es, se escufa dellas, fa
Se vea prouablo opinion del Maestro Soto
¶ puede"ter difo enfado el incefluofo, nor
es Obituo.o por quiẽ tuuiere fu ausoridad,
por el CCmiliarso de la Cruzada, y por los
confesores aprouados de las Ordenes Men
divante, fo."os. pag. , & s.
¶ No es incesto ofo. es qje cafa con de uda
en s. y. 4. grado, de la que conocio resisica
, riamente, ni el calado que conocio vna de u
" da de fu muger en el. s. y. l grado lo se-
nti. 4. perrorum. " " " " "
al El que conocio a vna hermana de fu mu
ger, no fabiendo que lo era, no insurre en
las penas del incesto ofo, ma, si la t̃onecio,
o prima hermana de fu muger ya distriosa,
tiene obligacion de confesior la circunstan-
cia, y no queda prinado de pedir el doctro,
aunque fexcafado. fo. oz. pãg. x.
" " " ¶ El