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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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* - s gj ¿,
¶ A los que han perdido la habla suiendo
primero podido confellion. fe los puede cõ
ceder despues de suertes abfuesto de los pec
cados, y conforas. forza. pag. s. "
¶ para concederlas, vío destas palabras el
confellor que muiere susoridad para ello,
o por la bulla del penitente. Con cedo tibi
omnes indulgencias peccatorum tuorum,
&c. to. zx. " "
gl IgggèVL¿pìòsõ
¶ No la contrahẽtos Ministros, que hazen
traer los enfermos a olear, aunque por ello
le les acceletalle la muerte. fo. yo pag. s.
g. j ... .g. yc
¶ En algunas partes fe vían, y en muy po
cas fe acufan deste peccado. fo." te. nu. 17. "
¶ MARDAMIERTDS.
,.gr Deia ley natural estan todos obligados
" "a faberlos, "aunque no estan obligados a la
bar los diez de la ley de Dios. fusis. & so-
g. ga¿g¿os, y ¿,
¶ Sucedida en Cintzxntzan de vna forma
" " " " " " " " E" 4. de la