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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertencias para
que por su doátina excefiente la hracia y avis
de de nuestro Señor, an venido a su conoci-
miento tantarilustitud de alojas. Pero porque
conciene reducir este negocio a lo principio
, que en estiante fuere prisible fo restiluve al
comun , recibido vto de la tslesia lo que to
ra a las dicha, itetorias de Parrocbias veloc
testias, de manera que noara lalta en la de los
Indios Ca rueso"Y encargo que de aqui arte
tante hauiendo"s lorige, idoneos v losficion
res lo, prougar, en los dichos Curario, doc-
trinas, vestrezicios, prerirsencioso, a lo, hrav.
les, vsuardinco en la dicta Proui fieri ta or. j
deo quo se reuere coel exxxio de nuestro Patro
es, es, s. Y en el entre tanto que no hguiere lo,
que conciene para todas las dicha, doática,
r borleficios. "regartiter, les que quedaron
es, salmente entre las Ordenes que ev en el-
la, Prí nis, sas de manera que era de todos
para que cada vno trabase fenento obligaci-
on de"auentalarse en tan tanás, v Apostolico
exercitio. Y vos velas es, sobre todo como
buen Pastor, para que los inferiores esten con
mucho curdido. Y elezcargando nuestra con-
fesenciav la vuestra, se haga entre ellos natu-
rales el fruáo que conusene. De Madrid,