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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1600.
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los confeáores.
Era vAlonso de la vera crue de la Dios, s.
to, sa, s, es susostruos vas, et originatus,
dis s.-."-u. v. Tas tirosa. atesos s errados.que
es, con es ticia, parecer et quas dioenexcui
mens cessa, so. ixa iis, his, esta guardado en
el s. Uce, de S leroso de Mexico. "?" ""
s al r̃stos, sin p.tiere obsco;on, que el
mesmop.-.-en en tares se tuvo, que anda im-
prello con el mismo con estra regoco sedos
los prias, hes, s, v exempciones concedida, a
quales, tierores. na, en las cosa, que son con
eracia, a los de creso,"ciet concl. ix. i. conto
parex.-fe. 11.-. Se Refo. xid. stella reuocation
i ge irecita accex deta dictia concessisse, porque
la regocacion tires. echa el anocles ses, por el
le tes de llebrero, a ha confirmacion el mismo
ans, de asos por tooso." "" "" "" "" "" "" "" ""
"I Tque tos Fratres Mendicantes com-
municius deles priuitestos concediatos, alii
ata est den de los Trentrarios, como de todas
las de mas tarderes. parece mos claro por
muchos strecies de Isuerte, Suminos Pontifi-
ces, Alexandro é concedio a los Padre, An-
gostano, que puedan char v consigooscar de
los grias, segh-, de todos los R. 11gis, fo, de
qua, qui ex Grden, que lean, como si fueran pri