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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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mortal impid, pedir el desisto, y caferir
con otra, sin dilla, niacion lo se. Pag x R
é tos, se consejo citatarlo vno horracho, "
dormido. pag x.
s. Et incelluoro que no fabe las penas en
que socorre, el que lo es. le truja dellas, te
ha visa procablo opinion del Maestro Solo
to se pag. x. "
in Ps, oc"ter dispensaris, et incellis ofe, nor
el Obispo.o por quir suuiero fu austoricas,
por el Gho, llario de la tiruxarla, y por los
confeñores aprocados de las Ordenes Mes
dican ica. to es. pag., & x.
s. No es sucestiloso, es qje esta con sietida
en s, y l grado, de la que conocir, tornica
riamente, ni el catado que conocio vua desa
da de su muger en es. a. y. .s. gr. 10. to. sa.
no. a. pertorum, """ "Re,-
4. Et que conocio a vna hermana de fu mu
ger, no sabiendo que lo era, no socorre en
las penas del incestocio, mas á la conocio,
o priosa hermana de ſu muger ya difienda,
siene obligacion de conscálar la circunstan-
cia, y no queda, prio arto de pedir el debiro,
aunque tea catado. to. ex. pag.r." " "" " " "