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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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, túos, p̃es, recepcion,
bico; ni de Euagelio, antes de veinte y riesa
ño, ó edad, y de quatro criplidos de religiõ,
ni disacerdotesantes de veite y cico de edad
y cinco cumplidos de ha otro El religioso q
reuiere eitas calidad ex positate ordenar cõ
licencia de tu Perlado, aunque no sea legiti
mo, como esta ordenado en derecho.
Todos los ordenantes, ria ygan testimo-
nio sucersticoscos, el felio del Guardia del
conuenco.dõdefe ordestares, y no autecto
conuero, fes, et rcit, mortio crel notario del
Obispo, de como vienen ordenados, y los q̃
hicierejo cõtrario.fean tiri perstos de la esc
cucion de sus ordenas, hasta tanto que con
ite Are la verdad. Tambien le ordena, que el
Guardian del conuenco.doridefeliterere or
denes.fea obligado á examinara todos los
ordenantes, antes que te pretencen al Obis-
po, para estre los que no tuuiere traíficiccia,
les verse el ordenarfe, porque nuestra fagra-
da religion, no padesca allí era por el sigi-
do examen, que los feñores, Obispos hace.
Ninguno despues de auerte ordenado, escr
este las ordenas, hasta que le pabien las cere