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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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Gapitulos, tiera
cede en las limosnas que han entrado en fir
poder, y para entenderlas necersidades del
cormento, y de los Frayles, bien podrán los
religiosos comar quera al Siis dico, fimples
llana, y natural, porq por el mismo caso, q̃
los Frayles pueden trcicamente. A fegun las
declaraciones de la regla, eso hortar al fin
dico, que le aya helmente en las limosnas,
que entran en fir poder, por la misma razõ,
pueden venir á quentas con el sin dico, co-
mo no fean turioscas, ni proprietarlas, tino
fimples y llanas. Mas el sin dico; ni otro fub
stituco en su lugar, no podrán refcebirdine
ros en la facerstia, ni en otro ningũ lugar de
nuestros conueros, aunque fea limosna de
millas.ó á otrasqualquier calidad, y el Guar
dian, vicario.ó sacrista, que lo permitiere,
sean prinados de sus ojtficios. "
L) èl OS It-CristOS àtristràlèS-
la Ozquiro no es trcito á los Frayles dinue
" itra religionirencrceciditos annuales, ni
otros bienes immonibles, portarorenona