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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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tae conuertas dentro decata. se
dos los enfermos, personal y fre queremeter
, pensado fabcedellos, si el enfermero hase
delincerte oificio, y fijestos, dadas fuflicia
mezclas cosas necestarías, y si los dichos en
terrneros fueren negligeres, y defectuofes,
fean castigados, por los Guardian es. En car-
gacesaltos Guardian esto regá el mismo cuy
dado cõ los Padres graues y viejo, los qua
les aunque no este aciestas mente criteríasios,
han de ser con especial cuidado prociendos,
deto do lo necesisterio.
Y porq̃ej cuydado de los criterrnos no te
puede sillisitarste ciere, sitina, no aya con el
ro en nuestra religioso no cesiga entenseria
dijistrada.foraniero para la cura de los criser
mos, de la ciual rega cuidado es enfermero.
Y si vuiere algunos conctos, q̃iso cesiga co-
mo dida. pa curarlos enfermos, por la irsti-
cha districia dijo, pues, los rca los enterritos
remitidos cõ presteza y diligecia a los cõtra
tos mas vecinos, y los guardian es ellos enfer
mos citaran obligados a proueerlos de to
do lo necesistrio portanto se manda, que
ningun trayle te cure en casa de feglares.
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