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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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tielos delinquentes. sa.
como es inobediecia cõcum assel peccado
á la carne y herida graue, ó por razõ dila cir
casticia, como es burco cicandaloso, ó mu-
chas vexes cometido á los q̃e fian en la car
. Al tiarte les tra el sacramero de la cõfeisio,
quasit, t,, deinadare, y el Guardia diere lice
crassa est,, y el factamero cicia tucharistia
teles clara el Altís de la Re furiestron en la en
ternierta, ó en otro lugarfectero, y para este
efiecto, los ate y razars"Primero.
Asi alguno fuere otado fortar al preto á la
carcel, o darle ayudaj, a ello.fea juego ecer
xel sito, y cõ otras pena, fea rigurosamente
castigado.fegun la ciualidad del delicio, y el
Guardia que esturriere notado de negligere
en estos catos, sea prestado de su orticio.
Ningun pertado podra hacer, que algun
fegla, fea, puesto por los Ineces á la cárcel,
por sía. es le pagar lo que deue
tiejas persas impuestas, ipso facto.
I40sti en nuestros criaturos guales, y pro-
uinciales s. echos, y posilla. cr, fetuercito
nersterias de trincha, manera, para los deli
quentes, declaramos, q̃e oidas las veces cere