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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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los Confeliores á
lo de obligarlos a peccado mortal fi no la cia
plieren, pues de ordinario fu ciuicio y poco
entendimiento de algunos los escusa, aun-
que ſe les imponga con la obligacion ordina
sia. Lo fegundo, le tes penitẽcias a que ellos
son inclinados, como lleuar Crtizos, o dici-
plinarse o venir los Lunes Mierceles, o vi
crues a la proceſsion, y diſciplina de la Q..ua
resista, o otras cosas tenielantes, pues el mil
mo Concilio dize deue se imponer las peni-
tencia, pro qualitate criminum, & peniten-
cium facultate. De lo quatte celige que que-
da al confelior achitrar quel te a la infia peni-
tencia conforme a la calidad y pescibilidad
y talento del penitente. Ycaſe s. Manuel Ro
de iguez, s. tom. cap. 55. concl. x. Y pues
de ordinario tienen ellos naturales fu bulta
a confesarle, que procuren ganar todas las
indulgentia, y jubileo, que pudieron para
que por ella parte puedan fatisfacer a las pe-
na, que ſe deste alas culpas, y tambien ſe les
amoneste que lleuen en paciencia y en peni-
tencia la vida contristro y trabajo en que vi-
uen diziendo á como a colela Ncuatro l deſ-
pues de abfoluer al penitente, que muchos v-
ian efias palabras - Patzĩo Domini Not-