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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertescias para
precepto, por lo quel comiedo mas vezes ha
pecca contra el Mas to contrario le harte de
vir en el precepto de no comer carne en los
dias prohibidos, por q̃en este precepto pria
cipalmente á sin ordena otra cosa j le manca
no comer carne, como ſe manda no hurtar, y
por tanto todas las vezes, que vno come car
nes pecca nueuo peccado, como acaefectodas
las vezes que hasta veste fray Manuel. x.
p. firmmas. cap. x, y Nanario in Manu. c. xx.
Æ. Y nota mas que á la vigilia y Q..uatros
tempora, caen en vn dia que quien quebras
ta el ayuno del tal dia, ha de confellar entrase
llas circunstancia. fegò todos los Doctores,
y con ellos fray Loya topez la j, Infiriscre-
tir confesoria: cap. 6. vega lib. 4. cato. 17t.
Y mucho mas fi concurren viernes, Q..uatte
temporas, y vigilia.
4. Antiguamente la hora de comer competes,
te en el dia de ayuno, era a las tres de la tar
de s. Pero agora lo ordinario es amedio dia
media hora antes, poco mas, o menos, como
lo refrielito Cortarrituras, y en esto no ay mu
cho que escripular, porque ya parar, terco.
"""'"'"'ntroduxida entre los Christianos,