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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte , 1600.
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los Confellores á
es de obligarlos a peccado mortal fi no la cá
prieren, pues de ordinario su cluido y poco
entendimiento de algunos los eſcrito, aun-
que ſe les imponga con la obligacion ordina
ria. Lo fegundo, de los penitecias a que ellos
ſon inclinados, como lleuar Cruz, s, o dici-
plinario o venir los Lunes, Mier coles, o Vi
ernos a la proceſsion, y disciplina de la Q..ua
res ma, o erras coſas femejantes, pues el miſ
mo Concilio dize de uerte imponer las peni-
tencias. Pro qualitate criminum & possiten-
cium facultare. De lo qual le colige que que-
da al confellorarostrar qual lea la julla peni-
tencia conforme a la calidad y poſsibilidad
y talento des penitente. vealeſ. Manuel Ra
driguez. i. tom. cap. 14. concl. 1. Y pues
de ordinario tienen ellos naturales ſu bulla
a confesar los que procuren ganar todas las
indirigencias y jubileos que pudieron para
que por elta parte puedan fatisfacer a las pe-
nas que ſe detrá alas culpas, y tambien ſe les
anien elte que lleuen en paciencia y en pens.
tencia la vida commun y trabajo en que vi-
ster; eliziendo [ como acõieja la marro ] deſ-
pues de abſoluerat penitente, que muchos v-
ian eſtas palabras . Paſsio Domini eloſ-